Los opositores a policía local en la Comunidad Valenciana estáis de enhorabuena ya que han ampliado la edad límite para opositar a este cuerpo en 35 años. El motivo se debe a la aprobación y entrada en vigor de una nueva ley que regulará la edad máxima para poder acceder al cuerpo de policía local en 35 años en vez de en 30 años como estaba actualmente.
La edad límite para presentarnos a este tipo de oposiciones es diferente según se trate de unas comunidades autónomas u otras. En el caso de Andalucía o Navarra, la edad límite también es de 35 años, siendo ambas comunidades autónomas junto con Valencia las que mayor edad límite ofrecen para que los aspirantes a policía local puedan presentarse.
Existen algunas excepciones como en Cataluña, donde el límite máximo para el acceso a la categoría de agente de la policía local de Cataluña es de 45 años, sin perjuicio de que la entidad local pueda fijar un límite inferior en el reglamento o en la convocatoria correspondiente.

¿Por qué motivo es diferente esta edad límite en unas comunidades autónomas u en otras? ¿No se rigen todas las comunidades por una misma normativa?
Cada comunidad autónoma tiene sus leyes y cada una de ellas tiene sus criterios a la hora de determinar los requisitos de las plazas convocadas.
De manera que, un opositor con 31 años que aspire a policía local en su localidad, puede que no cumpla con el requisito de edad límite, ya que como hemos comentado no en todas es el mismo. En comunidades como Aragón, Asturias, Canarias, Cantabria, Ceuta, Extremadura, Galicia o Murcia, un aspirante con más de 30 años no podría presentarse y sin embargo si podría hacerlo en el resto de comunidades autónomas.
Es importante tener en cuenta los requisitos que son necesarios para presentarte a unas oposiciones u otras ya que puede darse el caso que estés excluido de la convocatoria por no haber mirado detenidamente que debes reunir como aspirante a la oposición a la que decides optar.
Para evitar errores, nuestro consejo es que consultéis las bases de la propia convocatoria que encontraréis en el boletín oficial correspondiente en el que haya sido publicada.


Sergey
11 febrero, 2010 a las 13:59Yo pienso que no deveria haber edad