Nos hallamos ante una nueva convocatoria de carácter local, para la que solo es necesario tener el título de Bachiller, Formación Profesional de Segundo Grado o equivalente. El plazo de inscripción ya está abierto para esta convocatoria que se dirige en su totalidad al turno de ingreso libre.
Toda la normativa que regula este proceso selectivo de 8 plazas de oposición de administrativo de las corporaciones locales, se encuentra detallada en el Boletín Oficial del Principado de Asturias Nº 165 de fecha 18 de julio. Las solicitudes, que se encuentran disponibles en la web www.asturias.es, se presentarán junto a una fotocopia del DNI en Registro General del Ayuntamiento o por los otros medios establecidos en la legislación pertinente.
En este caso la oposición consta de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios, el primero de los cuales se realizará en la fecha y lugar que se indicará junto a la publicación de la lista de admitidos. Ten en cuenta que entre el fin de un ejercicio y el principio del otro debe transcurrir un plazo mínimo de 48 horas y máximo de 20 días naturales.
Este es el orden y naturaleza de las pruebas:
- Desarrollo por escrito de un tema de carácter general seleccionado por el Tribunal de entre los que componen la materia obligatoria propuesta para esta oposición. Se dispondrá de dos horas y total libertad por parte del aspirante para estructurarlo según su criterio. El candidato leerá su escrito en sesión pública ante el Tribunal en la fecha, hora y lugar que este le indique.
- Contestar oralmente y en público sobre dos temas, en un intervalo de 25 minutos, del mismo temario obligatorio. Se dispondrá de cinco minutos previos para la preparación de un guión sobre el que basar la respuesta.
- Desarrollo por escrito de dos supuestos prácticos, con un límite de tiempo de dos horas. Se podrán elegir de entre los propuestos por el Tribunal. Normalmente se trata de la emisión de informe o la resolución de cuestiones relativas a las funciones a desempeñar. El Tribunal puede permitir el uso de textos legales de apoyo que no estén comentados.
En cuanto a la manera en que se calificarán estas pruebas, lo primero que hay que saber es que cada una puede proporcionar de 0 a 10 puntos, siendo necesaria la obtención de 5 por ejercicio o se declarará al candidato no apto. La valoración de cada opositor la emitirán individualmente los miembros del Tribunal.
Estas puntuaciones se sumarán y se dividirá el resultado entre el número de componentes del órgano rector de la convocatoria. Y, la calificación definitiva de la oposición será la media aritmética de las calificaciones de los distintos ejercicios.
Como en otros casos, el orden de la lista servirá para formar una bolsa de trabajo de la que saldrán los nombres que irán cubriendo necesidades de sustitución o apoyo sucesivas. Dada la importancia del lugar que se ocupe en este listado, los empates se resolverán mediante la realización de un nuevo ejercicio.

